miércoles, 24 de abril de 2013

Características de los textos jurídico-administrativo.

Características de los textos jurídico-administrativos
 
¿Qué son?
El lenguaje administrativo es la lengua empleada por los órganos de la administración del estado.
Lo normal es que se manifieste de forma escrita, a través de variados tipos de documentos.
Hay una estrecha relación entre los textos jurídicos y los administrativos.
El lenguaje jurídico se puede definir como la lengua empleada por los órganos de la Administración de Justicia en sus relaciones con la colectividad o con las personas físicas y jurídicas, es decir, como un tipo de lenguaje administrativo específico.
La frontera entre lenguaje jurídico y administrativo no está, pues bien, comparten los recursos lingüísticos (gramaticales y léxicos) y coinciden también en los factores extralingüísticos que los caracterizan (el canal, el emisor, el receptor y la finalidad o intención comunicativa).
Resumiendo el lenguaje jurídico y administrativo es el que se utiliza en textos legales o de contenido jurídico-legal, y en los documentos oficiales.

Clases de textos jurídicos-administrativos:

Emisor Destinatario Textos
La Administración El ciudadano Informativos: circular, saluda, carta, correo electrónico. Resolutivos (incluidos los jurídicos de carácter procesal): convocatoria o citación, notificación (de acuerdo, resolución, multa, autorización, etc.), requerimiento, emplazamiento, diligencia, suplicatorio, demanda, sentencia, recurso, mandamiento, edicto. Normativos o prescriptivos (escritos jurídicos legales): ley, decreto, reglamento, orden. Fedatarios: acta, memoria, certificación.
El ciudadano La Administración Solicitud, denuncia, declaración, renuncia, recurso, reclamación.
La Administración La Administración Informe, oficio.
El ciudadano El ciudadano Contrato.


Aspectos verbales:

Rasgos léxicos:
Uso de arcaísmos.
Abusiva creación de eufemismos innecesarios por medio de los cuales se trata de ocultar una realidad molesta.
Sustitución de verbos simples por perífrasis léxicas.
Rasgos morfológicos:
Es característico el uso del futuro de indicativo, con significado imperativo y normativo (se sancionará a...) y el del futuro de subjuntivo en lugar del presente o pretérito perfecto del mismo (sucediere y hubiere sucedido en lugar de sucede y haya sucedido).

Rasgos sintácticos:

Se tiende a usar párrafos de una extensión gigantesca, que contienen además incisos, paréntesis y rodeos. Esto dificulta muchas veces la comprensión del contenido.
Texto administrativo
Situación comunicativa -> formalismo.
Tema -> lo público.
Tratamiento de la información -> objetividad.
Disposición -> convencional.
Lenguaje ->conservadurismo.


Aquí un modelo de comentario:



El Comité de Ministros en virtud del artículo 15b del Estatuto de
Consejo de Europa. Considerando que el objetivo del Consejo de Europa es llevar a cabo una unión más estrecha entre sus miembros con el fin de salvaguardar y promover los ideales y principios que constituyen su patrimonio común;Considerando que la igualdad de la mujer y del hombre se inscribe en el marco de dichos ideales y principios; [ ... ] Subrayando que el papel fundamental que cumple el lenguaje utilizado en la mayor parte de los Estados miembros del Consejo de Europa -que hace predominar lo masculino sobre lo femenino- constituye un estorbo al proceso de instauración de la igualdad entre mujeres y hombres, porque oculta la existencia de las mujeres, que son la mitad de lahumanidad, y niega la igualdad entre hombre y mujer; [ ... ] Basándose en la Declaración sobre la igualdad de mujeres y hombres que aprobó el 16 de noviembre de 1988, Recomienda a los gobiernos de los Estados miembros que fomenten el empleo de un lenguaje que refleje el principio de igualdad entre hombre y mujer y, con tal objeto, que adopten cualquier medida que consideren útil para ello: 1. Promover la utilización, en la medida de lo posible, de un lenguaje no sexista que tenga en cuenta la presencia, la situación y el papel de la mujer en la sociedad, tal y como ocurre con el hombre en ta práctica lingüística actual.
2. Hacer que la terminología empleada en los textos jurídicos, la
administración pública y la educación esté en armonía con el principio de igualdad de sexos.
3. Fomentar la utilización de un lenguaje libre de sexismo en los medios
de comunicación.  MARÍA DEL CARMEN GARCÍA TORRALBO Y CONCHI GUTIÉRREZ 
FUENTE: http://comentariotextosselectividad.wikispaces.com/Caracter%C3%ADsticas+de+los+textos+jur%C3%ADdico-administrativos. 

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